El Estado no tiene porqué ser aburrido ¡conoce a gov.co!
Trámites y servicios Participación Entidades
Rendición de cuentas

La rendición de cuentas, como proceso permanente facilita el ejercicio de control social al que tiene derecho la ciudadanía, es una práctica esencial para luchar contra la corrupción y fortalecer el ciclo de la gestión pública de forma proactiva propiciando el diálogo Estado–ciudadano en un marco de gobierno abierto.

Los espacios de Rendición de Cuentas del Ministerio de Minas Energía, se realizan en diferentes formatos presenciales y/o virtuales, facilitando el acceso a la información sobre los temas de la entidad en lenguaje claro, permitiendo el control social y la retroalimentación para el mejoramiento continuo de nuestra entidad y el sector.

INSCRÍBETE DANDO CLIC AQUÍ

A continuación, se dan a conocer los pasos para el desarrollo de un espacio de rendición de cuentas, para esto se debe incluir las siguientes etapas: el aprestamiento, diseño, preparación, ejecución y seguimiento y evaluación. En algunos casos no se aplican las 5 etapas ya que depende de la forma como el equipo de trabaje arme su modelo.

Rendición de Cuentas 2022 - 2023

SIGUE NUESTRO TRANSMISIÓN DE AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS 2023 AQUÍ

Diálogos Sociales

Documentos de interés

Vínculos de interés

Preguntas y Respuestas Rendición de Cuentas 2021
Pregunta 1
Pregunta 1

¿Cuándo el sector minorista de combustibles podrá tener un precio piso que garantice la suficiencia financiera y económica?

Respuesta:

En primer lugar, el artículo 35 de la Ley 1955 de 2019 “Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022”, dispone que corresponde a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía, o la entidad delegada, establecer la metodología de cálculo del valor del ingreso al productor de los combustibles líquidos y biocombustibles (rubro de la estructura de precio de venta de estos combustibles).

Ahora bien, mediante la Resolución 40193 del 21 de junio del 2021, por la cual se delegan funciones de regulación del sector de combustibles líquidos en la Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG, el Ministerio de Minas y energía delego a la CREG la definición de tarifas y márgenes asociados a la remuneración de toda la cadena de transporte, logística, comercialización y distribución de dichos combustibles que hacen parte del mercado regulado.

En particular, la mencionada resolución especifica que dentro de las funciones delegadas la CREG se encuentra la de “establecer las metodologías para la determinación de las tarifas y márgenes asociados a la remuneración de toda la cadena esto es transporte, logística, comercialización y distribución de los combustibles líquidos derivados del petróleo y de los biocombustibles destinados a la mezcla con dichos combustibles”. En este contexto, de acuerdo a la Agenda Regulatoria Indicativa del 2021 de la comisión de Energía de Regulación y Gas – CREG (anexo 1) dentro de los proyectos a desarrollar en el área de combustibles líquidos se encuentra la “revisión de los distintos componentes que dan lugar a los márgenes de remuneración de las actividades de distribución mayorista y minorista de combustibles líquidos, incorporando criterios de eficiencia y libre competencia, de conformidad con el marco legal vigente”.

Finalmente, respecto de la normatividad vigente en relación con la fijación del margen de distribución minorista, nos permitimos responder lo siguiente:

La Resolución 181254 del 2012, “por la cual se adopta para diferentes ciudades capitales, áreas metropolitanas y municipios del país, el régimen de libertada vigilada para la fijación del margen minorista de la gasolina motor corriente oxigenada, la gasolina motor corriente, el ACPM y la mezcla de ACPM con biocombustibles para uso en motores diésel”, establece de forma taxativa los municipios, capitales y áreas metropolitanas, donde aplica el régimen de libertada vigilada para la fijación del margen del distribuidor minorista de los mencionados combustibles.

Las zonas que no correspondan a lo expresamente definido por los artículos 1 y 3 de la resolución, así como las áreas o rutas que no se encuentren en la jurisdicción de los respectivos municipios, deberán aplicar el régimen de libertad regulada para la fijación del margen del distribuidor minorista.

En el régimen de libertad vigilada, el mercado de competencia se encuentra asociado a la distribución minorista a través de estaciones de servicio, y se caracteriza porque las estaciones mismas definen el precio que tendrán para la venta, de acuerdo con la estructura de precios y atendiendo las estimaciones comerciales, es decir a su propio margen de comercialización. Actualmente, este régimen aplica en 25 ciudades capitales y municipios del país.

Contrario a lo anterior, en el régimen de libertad regulada se establece un techo, es decir un valor máximo, que los distribuidores minoristas no pueden superar bajo ninguna circunstancia.

Ciudadano: José Alberto Arias Tabares

Tema: Hidrocarburos

Pregunta 2
Pregunta 2

¿Cuál es la Política del Sector Hidrocarburos para los próximos 5 años, 10 años, 15 años?

Respuesta:

Para seguir avanzando en el fortalecimiento del sector de distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo en los próximos años, desde el Ministerio de Minas y Energía se continuará promoviendo las políticas y proyectos regulatorios que den garantías, fomenten la legalidad, la reactivación sostenible y la competitividad del sector de hidrocarburos. Entre los proyectos y políticas que el Gobierno sumara esfuerzos para fortalecer el sector, listamos los siguientes:

  • Regulación de contratos entre agentes de la cadena.
  • Fortalecimiento del Sistema de Información de Combustibles – SICOM.
  • Regulación que exigirá la obligación de reportar información a los agentes de la cadena sobre sus actividades, sobre su infraestructura, sus inventarios en tiempo real, parámetros de calidad de los combustibles, entre otras. De igual forma, se exigirá el reporte las coordenadas geográficas, con el fin de identificar la ubicación real de las instalaciones donde operan todos los agentes.
  • Plan de Continuidad de Combustibles Líquidos.
  • Plan de Expansión de la red de poliductos de combustibles.
  • Implementación del programa de aseguramiento y control de calidad de los combustibles (ǪAǪC) a lo largo de toda la cadena de combustibles.
  • Homogenización o normalización de la obligación de la mezcla de biocombustibles con combustibles fósiles en todo el territorio nacional.
  • Aumento de los proyectos piloto mezclas superiores de biocombustibles.
  • Reglamentación de usos alternativos de los biocombustibles, teniendo en cuenta lo establecido en la Ley de Transición Energética.
  • Regulación de los puntos estratégicos de abastecimiento de energéticos (combustibles, GLP, gas natural, energía eléctrica, hidrógeno, etc.).
  • Focalización de los subsidios.
  • Metodología de asignación de volúmenes en las zonas de frontera.
  • Implementación de mecanismos electrónicos para el control, el uso y asignación de combustibles ZF
  • Modificación del Decreto 1073 de 2015 en virtud de actualizar la regulación relativa a los requisitos y obligaciones de los agentes de la cadena de suministro
  • Desde el Gobierno Nacional estamos comprometidos con la transformación y reactivación sostenible del sector con medidas que generen nuevas oportunidades de inversión, la diversificación conjunta de nuestros servicios, la integración de los nuevos energéticos y la implementación de mecanismos de control, en pro de fortalecer el sector en el corto, mediano y largo plazo.

Ciudadano: María del Pilar Castañeda

Tema: Hidrocarburos

Pregunta 3
Pregunta 3

¿Para cuándo se espera liberar el precio de los combustibles en todo el país?

Respuesta:

Periódicamente, los Ministerios de Minas y Energía y Hacienda y Crédito Público analizan en el mercado de los combustibles a nivel internacional, específicamente en la Costa del Golfo de los Estados Unidos, y la incidencia de estos dentro del mercado local. En particular, se realiza el análisis dentro de la fijación de los precios de la gasolina motor corriente y del ACPM-Diésel ya que los indicadores internacionales de estos combustibles son insumos dentro de la determinación del precio a fijar de estos productos.

Con esto presente, actualmente los ministerios ya mencionados se encuentran evaluando la viabilidad de la política considerando los efectos que se tendrían ante el desarrollo de la medida.

Ciudadano: Alejandro Ribera Rueda

Tema: Hidrocarburos

Pregunta 4
Pregunta 4

¿Por qué a pesar de tener conocimiento de que el margen de distribución minorista de combustibles que actualmente aplican algunos operadores mayoristas no es suficiente para compensar la labor, por lo cual no pueden competir contra él los distribuidores minoristas independientes, el ministerio no ha tomado una decisión respecto a establecer un margen mínimo de comercialización minorista?

Respuesta:

En primer lugar, el artículo 35 de la Ley 1955 de 2019 Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022, dispone que corresponde a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía, o la entidad delegada, establecer la metodología de cálculo del valor del ingreso al productor de los combustibles líquidos y biocombustibles (rubro de la estructura de precio de venta de estos combustibles).

Ahora bien, mediante la Resolución 40193 del 21 de junio del 2021, “Por la cual se delegan funciones de regulación del sector de combustibles líquidos en la Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG”, el Ministerio de Minas y Energía delegó a la CREG la definición de tarifas y márgenes asociados a la remuneración de toda la cadena de transporte, logística, comercialización y distribución de dichos combustibles que hacen parte del mercado regulado.

En particular, la mencionada resolución especifica que dentro de las funciones delegadas la CREG se encuentra la de “establecer las metodologías para la determinación de las tarifas y márgenes asociados a la remuneración de toda la cadena esto es transporte, logística, comercialización y distribución de los combustibles líquidos derivados del petróleo y de los biocombustibles destinados a la mezcla con dichos combustibles”.

En este contexto, de acuerdo a la Agenda Regulatoria Indicativa del 2021 de la Comisión de Energía de Regulación y Gas- CREG (anexo 1), dentro de los proyectos a desarrollar en el área de combustibles líquidos se encuentra la “revisión de los distintos componentes que dan lugar a los márgenes de remuneración de las actividades de distribución mayorista y minorista de combustible líquidos, incorporado criterios de eficiencia y libre competencia, de conformidad con el marco legal vigente”

Ciudadano: Alejandro Ribera Rueda

Tema: Hidrocarburos

Pregunta 5
Pregunta 5

¿Se ha planteado por el Ministerio alguna política pública de salvamento a los pequeños empresarios distribuidores minoristas de combustibles que no pueden enfrentar la competencia en precio que realizan las empresas mayoristas actuando como minoristas y los grandes grupos de distribución de combustibles?

Respuesta:

La distribución minorista de combustibles líquidos es un mercado en el cual se han analizado diversas posiciones sobre las implicaciones de la integración vertical por entidades como la Superintendencia de Industria y Comercio. Ante esta situación y la promoción de la libre empresa y la libre competencia en el mercado, desde el Gobierno no existen medidas en dicho sentido.

En respuesta a ello, se han venido revisando posibles alternativas en el marco de la revisión del valor a reconocer por la actividad de distribución minorista, el cual permita equilibrar la competencia en presencia de estaciones que son propiedad del distribuidor mayorista. Cabe aclarar que en el marco de la Resolución 40193 de 2021, se delegaron funciones a la Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG quien es la entidad técnica para definir los respectivos parámetros.

Ciudadano: Alejandro Ribera Rueda

Tema: Hidrocarburos

Pregunta 6
Pregunta 6

¿Cuándo se tendrá la Resolución que reglamente el abandono, temporal o permanente de los pozos petroleros?

Respuesta:

El Ministerio de Minas y energía viene trabajando en el proyecto de Resolución “Por la cual se establecen los requisitos técnicos para las operaciones de suspensión y abandono temporal o definitivo de pozos perforados en el desarrollo de actividades de exploración y explotación de hidrocarburos y se modifica parcialmente la Resolución 18 1495 de 2009”, donde se pretende reglamentar el abandono temporal de los pozos de hidrocarburos, entre otros, dicho proyecto normativo se encuentra en ejecución desde 2016.

Actualmente se encuentra en proceso de publicación a comentarios para el público en general durante el mes de octubre, posterior a esto, se procederá a evaluar los comentarios y donde se proyecta que podamos terminar los trámites de ley en este año, y poder contar con el reglamento expedido a final de este año.

Ciudadano: Luis Alberto Moncada Fuentes

Tema: Hidrocarburos

Pregunta 7
Pregunta 7

¿Cuáles son las acciones del Ministerio para con los compromisos internacionales de la nación en referencia a la protección especial de las personas en condición de discapacidad?. Existen muchos profesionales del sector energético en condición de discapacidad, pero en condición de trabajo a los cuales no se les ha brindado tratamiento preferencial para acceder a oportunidades de trabajo.

Respuesta:

Desde el Ministerio hemos propiciado la vinculación de personas en condición de discapacidad en la planta de personal de la entidad y de las entidades adscritas, lo que nos ha llevado que a la fecha tengamos vinculados un total de 44 servidores en condiciones de discapacidad.

Con relación a las entidades vinculados tenemos conocimiento que Ecopetrol tiene a la fecha contratados un total de 691 personas en condición de discapacidad y se ha conminado a las entidades vinculadas a que realicen contratación de personal en condiciones de discapacidad.

Ciudadano: Luis Blandón

Tema: Talento Humano

Pregunta 8
Pregunta 8

Solicitamos suspender el proyecto de REGALIAS; de $10.484.752.034 para montar SISTEMAS FOTOVOLTAICOS EN ZONA RURAL DEL MUNICIPIO DE MAPIRIPANMETA, ZONA DE ALTA DEFORESTACION - Y PROHIBIDA POR LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EL OCUPAR LA SELVA DE LOS PUEBLOS INDIGENAS JIW, NUKAK, Y SIKUANIS

Respuesta:

Mediante oficio con radicado 1-2021-026265, el ciudadano Jacinto Moreno Malagón, presentó ante el Ministerio de Minas y Energía queja de “incumplimiento de las ORDENES; de la sentencia STC 4360 de 2018 - por parte del ministerio de minas y energía, la UPME, y el DNP al haber aprobado un proyecto de REGALIAS del petróleo en la ZONA RURAL DEL MUNICIPIO DE MAPIRIPAN -META área de altísima deforestación - cuyo OBJETO ES : Establecer sistemas fotovoltaicos, en zona rural " de mapiripan- VALOR $ 10.484.752.034 .( diez mil cuatroscientos ochenta y cuatro millones, setecientos cincuenta y dos mil 34 pesos ) Este tipo de proyectos, INCENTIVAN LA DEFORESTACIÓN Ya que así como se reprochan proyectos en el PUTUMAYO; los sistemas fotovoltaicos (paneles solares) (SIC)”.

Por lo anterior, mediante radicado 2-2021-014961, el cual se adjunta, el GEESE dio respuesta directamente al peticionario, indicando que el Ministerio de Minas y Energía no tiene incidencia respecto a la decisión de presentación de proyectos de inversión para ser financiados con recursos del SGR, toda vez que, la misma corresponde, a la entidad territorial en el marco de su autonomía.

De igual forma se señaló que, las actividades de priorización y aprobación del referido proyecto de inversión, se encuentran en cabeza del Órgano Colegiado de Administración y Decisión Paz (OCAD PAZ), toda vez que, el proyecto será financiado con recursos de Asignación para la Paz, por tanto, las mismas no son competencia de este Ministerio.

Ahora bien, respecto a la suspensión de la ejecución del proyecto de inversión, es preciso señalar que a partir de la designación de ejecutor efectuada por el OCAD PAZ a la Empresa de Energía Eléctrica del departamento del Guaviare S.A. ESP – ENERGUAVIARE, la recolección, custodia y reporte de información a los diferentes aplicativos del SGR está en cabeza de este, así como, lo relacionado con la ejecución del proyecto de inversión y no el Ministerio de Minas y Energía.

Por otra parte, debido a que la petición objeto del presente memorando también fue remitida al Departamento Nacional de Planeación (DNP), se adjunta la respuesta emitida por dicha entidad, en la cual se precisa que “(…) la entidad designada como ejecutora de los proyectos de inversión financiados con recursos del Sistema General de Regalías es responsable de la correcta ejecución del proyecto. Así las cosas, la EMPRESA DE ENERGÍA ELECTRÍCA DEL DEPARTAMENTO DEL GUAVIARE S.A. ESP – ENERGUAVIARE, al haber sido designada como entidad pública ejecutora e instancia para adelantar la contratación de la interventoría mediante Acuerdo No. 52 del 06 de julio de 2021 del OCAD Paz, es la competente para decidir sobre la ejecución del proyecto de inversión en mención (Subrayado fuera del texto)”.

Ciudadano: Jacinto Moreno Malagón

Tema: Talento Humano

Pregunta 9
Pregunta 9

¿Qué se ha hecho desde el MinMinas para que el público de interés en Colombia pueda acceder fácil, oportuna y efectivamente a la información y datos mineros, de hidrocarburos y energéticos del país?

Respuesta:

Por parte de la ésta cartera se ha, adelantado esfuerzos significativos para que el público de interés pueda acceder fácil, oportuna y efectivamente a toda la información generada desde el sector Minero Energético; disponiendo para ello de diversos reportes, informes e incluso iniciativas funcionales, dentro de las que se destacan:

  • Reporte Semanal Mina de Datos de la Reactivación Sostenible de Colombia.
  • Boletín Estadístico Sector Combustibles Líquidos -SICOM-Acceso a través de: sicom.gov.co
  • Iniciativa de Transparencia de las Industrias Extractivas -EITI- estándar mundial que promueve la gestión abierta y responsable de los recursos del petróleo, gas y minerales.

Adicional a lo anterior, y de acuerdo a la Ley 1712 del 6 de marzo 2014 y a la Resolución 1519 del 24 de agosto de 2020, el Ministerio de Minas y Energía dispuso en su portal web la sección de “Transparencia y Acceso a la Información Pública”, donde el público en general podrá conocer de primera mano la información del Ministerio de Minas y Energía.

Ciudadano: Juan David Jaramillo

Tema: TICs

Pregunta 10
Pregunta 10

¿Por qué no publican la información que han estado publicando en el boletín semanal mediante documentos Excel donde sea posible extraer los datos para quienes hacemos análisis sectorial?

Respuesta:

El Ministerio de Minas y Energía responde: Bajo el entendido que la información publicada en el reporte semanal proviene de diversas fuentes de información y que el objeto del informe es presentar de manera concreta y clara el aporte del sector en la reactivación económica, no se ha considerado necesaria la exposición de datos en el formato solicitado; en todo caso se analizará la solicitud del ciudadano, para la inclusión de este y otros datos a través de datos abiertos.

Ciudadano: Juan David Jaramillo

Tema: TICs

Pregunta 11
Pregunta 11

¿Por qué entidades relacionadas con el sector como la ANH, la ANM y la UPME, que también son públicas no realizan publicación oportuna de los datos que les corresponden?

Respuesta:

El Ministerio de Minas y Energía responde:

La iniciativa de fortalecer la publicación de datos en el sector minero energético es una práctica que se ha mejorado significativamente. Como evidencia de ello, se sabe que,

La Agencia Nacional de Hidrocarburos -ANH- publica el informe de la información fiscalizada de producción de hidrocarburos a través de su portal WEB.

El Servicio Geológico Colombiano -SGC- ha mejorado su sistema de reporte de eventos geológicos y de igual forma cuenta con:

El Banco de Información Petrolera -BIP- repositorio oficial de Colombia con la función de recibir, preservar, cargar, custodiar y administrar toda la información técnica resultante de las actividades exploratorias y de producción de hidrocarburos que se desarrollan en el territorio nacional.

Acceso a través del vínculo:

https://www2.sgc.gov.co/ProgramasDeInvestigacion/BancoInformacionPetrolera/Paginas/banco-de-informacion-petrolera.aspx

Banco de Información Minera BIM - El Banco de Información Minera BIM, es el repositorio oficial de Colombia con la función de recibir, preservar, custodiar, suministrar y administrar toda la información técnica geológica y de conocimiento del subsuelo, que ha sido recopilada por los titulares mineros como resultado de las actividades de prospección, exploración y explotación de minerales, en el desarrollo de los contratos suscritos con la autoridad minera en el territorio nacional.

Acceso a través del vínculo:

https://www2.sgc.gov.co/ProgramasDeInvestigacion/BIM/Paginas/Acerca-del-Banco-de-informacion-Minera.aspx

El Instituto de Planificación de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas -IPSE- ha generado un nuevo sistema de información muy atractivo (SIGIPSE) Este sistema, agrupa información del IPSE y de fuentes secundarias que permite caracterizar las Zonas No Interconectadas del país y demás áreas en las cuales el Instituto hace presencia implementando soluciones energéticas.

Acceso a través de:

https://ipse.gov.co/sigipse/

La Agencia Nacional de Minería -ANM- dispone del Sistema Integral de Gestión Minera -ANNA MINERÍA- plataforma digital que integra la información minero ambiental, con el fin de impulsar el desarrollo sostenible de las actividades mineras en Colombia, promoviendo la protección ambiental, la legalidad y la transparencia.

Acceso a través del vínculo:

https://annamineria.anm.gov.co/Html5Viewer/index.html?viewer=SIGMExt&locale=es-CO&appAcronym=sigm

La comisión de Regulación de Energía y Gas- CREG – ha enfocado esfuerzos en la optimización del gestor normativo de que dispone, conocido como Alejandría.

Ciudadano: Juan David Jaramillo

Tema: TICs

Pregunta 12
Pregunta 12

¿Con qué presupuesto cuentan todo lo relacionado con actividades y programas de generación y divulgación de datos/información del sector en el Ministerio?

Respuesta:

En lo que a una primera línea de inversión corresponde, el Ministerio cuenta con el proyecto “fortalecimiento de las capacidades tecnológicas del Ministerio de Minas y Energía para facilitar el uso, acceso y aprovechamiento de la información minero energética a nivel nacional”, a través de cual se dispusieron, para la vigencia 2021, cerca de mil trescientos millones (1.300’000.000) de pesos, distribuidos en las siguientes necesidades (i) implementar Soluciones Integrales de Software y (ii) aumentar la Integración de Fuentes de Información. De los 1’300 millones, se encuentran comprometidos a la fecha cerca de setecientos ($700.000.000) millones.

Ciudadano: Juan David Jaramillo

Tema: TICs

Pregunta 13
Pregunta 13

¿Cuándo se iniciará el funcionamiento del Centro de Transparencia del MME?

Respuesta:

El Ministerio de Minas y Energía responde: Entiendo que el portal web del centro de transparencia ya se encuentra disponible al público puede ser consultado en la URL https://www.centrodetransparenciappii.org/

Ciudadano: Luis Alberto Moncada Fuentes

Tema: TICs

Pregunta 1

¿Cuándo el sector minorista de combustibles podrá tener un precio piso que garantice la suficiencia financiera y económica?

Respuesta:

En primer lugar, el artículo 35 de la Ley 1955 de 2019 “Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022”, dispone que corresponde a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía, o la entidad delegada, establecer la metodología de cálculo del valor del ingreso al productor de los combustibles líquidos y biocombustibles (rubro de la estructura de precio de venta de estos combustibles).

Ahora bien, mediante la Resolución 40193 del 21 de junio del 2021, por la cual se delegan funciones de regulación del sector de combustibles líquidos en la Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG, el Ministerio de Minas y energía delego a la CREG la definición de tarifas y márgenes asociados a la remuneración de toda la cadena de transporte, logística, comercialización y distribución de dichos combustibles que hacen parte del mercado regulado.

En particular, la mencionada resolución especifica que dentro de las funciones delegadas la CREG se encuentra la de “establecer las metodologías para la determinación de las tarifas y márgenes asociados a la remuneración de toda la cadena esto es transporte, logística, comercialización y distribución de los combustibles líquidos derivados del petróleo y de los biocombustibles destinados a la mezcla con dichos combustibles”. En este contexto, de acuerdo a la Agenda Regulatoria Indicativa del 2021 de la comisión de Energía de Regulación y Gas – CREG (anexo 1) dentro de los proyectos a desarrollar en el área de combustibles líquidos se encuentra la “revisión de los distintos componentes que dan lugar a los márgenes de remuneración de las actividades de distribución mayorista y minorista de combustibles líquidos, incorporando criterios de eficiencia y libre competencia, de conformidad con el marco legal vigente”.

Finalmente, respecto de la normatividad vigente en relación con la fijación del margen de distribución minorista, nos permitimos responder lo siguiente:

La Resolución 181254 del 2012, “por la cual se adopta para diferentes ciudades capitales, áreas metropolitanas y municipios del país, el régimen de libertada vigilada para la fijación del margen minorista de la gasolina motor corriente oxigenada, la gasolina motor corriente, el ACPM y la mezcla de ACPM con biocombustibles para uso en motores diésel”, establece de forma taxativa los municipios, capitales y áreas metropolitanas, donde aplica el régimen de libertada vigilada para la fijación del margen del distribuidor minorista de los mencionados combustibles.

Las zonas que no correspondan a lo expresamente definido por los artículos 1 y 3 de la resolución, así como las áreas o rutas que no se encuentren en la jurisdicción de los respectivos municipios, deberán aplicar el régimen de libertad regulada para la fijación del margen del distribuidor minorista.

En el régimen de libertad vigilada, el mercado de competencia se encuentra asociado a la distribución minorista a través de estaciones de servicio, y se caracteriza porque las estaciones mismas definen el precio que tendrán para la venta, de acuerdo con la estructura de precios y atendiendo las estimaciones comerciales, es decir a su propio margen de comercialización. Actualmente, este régimen aplica en 25 ciudades capitales y municipios del país.

Contrario a lo anterior, en el régimen de libertad regulada se establece un techo, es decir un valor máximo, que los distribuidores minoristas no pueden superar bajo ninguna circunstancia.

Ciudadano: José Alberto Arias Tabares

Tema: Hidrocarburos

Pregunta 2

¿Cuál es la Política del Sector Hidrocarburos para los próximos 5 años, 10 años, 15 años?

Respuesta:

Para seguir avanzando en el fortalecimiento del sector de distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo en los próximos años, desde el Ministerio de Minas y Energía se continuará promoviendo las políticas y proyectos regulatorios que den garantías, fomenten la legalidad, la reactivación sostenible y la competitividad del sector de hidrocarburos. Entre los proyectos y políticas que el Gobierno sumara esfuerzos para fortalecer el sector, listamos los siguientes:

  • Regulación de contratos entre agentes de la cadena.
  • Fortalecimiento del Sistema de Información de Combustibles – SICOM.
  • Regulación que exigirá la obligación de reportar información a los agentes de la cadena sobre sus actividades, sobre su infraestructura, sus inventarios en tiempo real, parámetros de calidad de los combustibles, entre otras. De igual forma, se exigirá el reporte las coordenadas geográficas, con el fin de identificar la ubicación real de las instalaciones donde operan todos los agentes.
  • Plan de Continuidad de Combustibles Líquidos.
  • Plan de Expansión de la red de poliductos de combustibles.
  • Implementación del programa de aseguramiento y control de calidad de los combustibles (ǪAǪC) a lo largo de toda la cadena de combustibles.
  • Homogenización o normalización de la obligación de la mezcla de biocombustibles con combustibles fósiles en todo el territorio nacional.
  • Aumento de los proyectos piloto mezclas superiores de biocombustibles.
  • Reglamentación de usos alternativos de los biocombustibles, teniendo en cuenta lo establecido en la Ley de Transición Energética.
  • Regulación de los puntos estratégicos de abastecimiento de energéticos (combustibles, GLP, gas natural, energía eléctrica, hidrógeno, etc.).
  • Focalización de los subsidios.
  • Metodología de asignación de volúmenes en las zonas de frontera.
  • Implementación de mecanismos electrónicos para el control, el uso y asignación de combustibles ZF
  • Modificación del Decreto 1073 de 2015 en virtud de actualizar la regulación relativa a los requisitos y obligaciones de los agentes de la cadena de suministro
  • Desde el Gobierno Nacional estamos comprometidos con la transformación y reactivación sostenible del sector con medidas que generen nuevas oportunidades de inversión, la diversificación conjunta de nuestros servicios, la integración de los nuevos energéticos y la implementación de mecanismos de control, en pro de fortalecer el sector en el corto, mediano y largo plazo.

Ciudadano: María del Pilar Castañeda

Tema: Hidrocarburos

Pregunta 3

¿Para cuándo se espera liberar el precio de los combustibles en todo el país?

Respuesta:

Periódicamente, los Ministerios de Minas y Energía y Hacienda y Crédito Público analizan en el mercado de los combustibles a nivel internacional, específicamente en la Costa del Golfo de los Estados Unidos, y la incidencia de estos dentro del mercado local. En particular, se realiza el análisis dentro de la fijación de los precios de la gasolina motor corriente y del ACPM-Diésel ya que los indicadores internacionales de estos combustibles son insumos dentro de la determinación del precio a fijar de estos productos.

Con esto presente, actualmente los ministerios ya mencionados se encuentran evaluando la viabilidad de la política considerando los efectos que se tendrían ante el desarrollo de la medida.

Ciudadano: Alejandro Ribera Rueda

Tema: Hidrocarburos

Pregunta 4

¿Por qué a pesar de tener conocimiento de que el margen de distribución minorista de combustibles que actualmente aplican algunos operadores mayoristas no es suficiente para compensar la labor, por lo cual no pueden competir contra él los distribuidores minoristas independientes, el ministerio no ha tomado una decisión respecto a establecer un margen mínimo de comercialización minorista?

Respuesta:

En primer lugar, el artículo 35 de la Ley 1955 de 2019 Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022, dispone que corresponde a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía, o la entidad delegada, establecer la metodología de cálculo del valor del ingreso al productor de los combustibles líquidos y biocombustibles (rubro de la estructura de precio de venta de estos combustibles).

Ahora bien, mediante la Resolución 40193 del 21 de junio del 2021, “Por la cual se delegan funciones de regulación del sector de combustibles líquidos en la Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG”, el Ministerio de Minas y Energía delegó a la CREG la definición de tarifas y márgenes asociados a la remuneración de toda la cadena de transporte, logística, comercialización y distribución de dichos combustibles que hacen parte del mercado regulado.

En particular, la mencionada resolución especifica que dentro de las funciones delegadas la CREG se encuentra la de “establecer las metodologías para la determinación de las tarifas y márgenes asociados a la remuneración de toda la cadena esto es transporte, logística, comercialización y distribución de los combustibles líquidos derivados del petróleo y de los biocombustibles destinados a la mezcla con dichos combustibles”.

En este contexto, de acuerdo a la Agenda Regulatoria Indicativa del 2021 de la Comisión de Energía de Regulación y Gas- CREG (anexo 1), dentro de los proyectos a desarrollar en el área de combustibles líquidos se encuentra la “revisión de los distintos componentes que dan lugar a los márgenes de remuneración de las actividades de distribución mayorista y minorista de combustible líquidos, incorporado criterios de eficiencia y libre competencia, de conformidad con el marco legal vigente”

Ciudadano: Alejandro Ribera Rueda

Tema: Hidrocarburos

Pregunta 5

¿Se ha planteado por el Ministerio alguna política pública de salvamento a los pequeños empresarios distribuidores minoristas de combustibles que no pueden enfrentar la competencia en precio que realizan las empresas mayoristas actuando como minoristas y los grandes grupos de distribución de combustibles?

Respuesta:

La distribución minorista de combustibles líquidos es un mercado en el cual se han analizado diversas posiciones sobre las implicaciones de la integración vertical por entidades como la Superintendencia de Industria y Comercio. Ante esta situación y la promoción de la libre empresa y la libre competencia en el mercado, desde el Gobierno no existen medidas en dicho sentido.

En respuesta a ello, se han venido revisando posibles alternativas en el marco de la revisión del valor a reconocer por la actividad de distribución minorista, el cual permita equilibrar la competencia en presencia de estaciones que son propiedad del distribuidor mayorista. Cabe aclarar que en el marco de la Resolución 40193 de 2021, se delegaron funciones a la Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG quien es la entidad técnica para definir los respectivos parámetros.

Ciudadano: Alejandro Ribera Rueda

Tema: Hidrocarburos

Pregunta 6

¿Cuándo se tendrá la Resolución que reglamente el abandono, temporal o permanente de los pozos petroleros?

Respuesta:

El Ministerio de Minas y energía viene trabajando en el proyecto de Resolución “Por la cual se establecen los requisitos técnicos para las operaciones de suspensión y abandono temporal o definitivo de pozos perforados en el desarrollo de actividades de exploración y explotación de hidrocarburos y se modifica parcialmente la Resolución 18 1495 de 2009”, donde se pretende reglamentar el abandono temporal de los pozos de hidrocarburos, entre otros, dicho proyecto normativo se encuentra en ejecución desde 2016.

Actualmente se encuentra en proceso de publicación a comentarios para el público en general durante el mes de octubre, posterior a esto, se procederá a evaluar los comentarios y donde se proyecta que podamos terminar los trámites de ley en este año, y poder contar con el reglamento expedido a final de este año.

Ciudadano: Luis Alberto Moncada Fuentes

Tema: Hidrocarburos

Pregunta 7

¿Cuáles son las acciones del Ministerio para con los compromisos internacionales de la nación en referencia a la protección especial de las personas en condición de discapacidad?. Existen muchos profesionales del sector energético en condición de discapacidad, pero en condición de trabajo a los cuales no se les ha brindado tratamiento preferencial para acceder a oportunidades de trabajo.

Respuesta:

Desde el Ministerio hemos propiciado la vinculación de personas en condición de discapacidad en la planta de personal de la entidad y de las entidades adscritas, lo que nos ha llevado que a la fecha tengamos vinculados un total de 44 servidores en condiciones de discapacidad.

Con relación a las entidades vinculados tenemos conocimiento que Ecopetrol tiene a la fecha contratados un total de 691 personas en condición de discapacidad y se ha conminado a las entidades vinculadas a que realicen contratación de personal en condiciones de discapacidad.

Ciudadano: Luis Blandón

Tema: Talento Humano

Pregunta 8

Solicitamos suspender el proyecto de REGALIAS; de $10.484.752.034 para montar SISTEMAS FOTOVOLTAICOS EN ZONA RURAL DEL MUNICIPIO DE MAPIRIPANMETA, ZONA DE ALTA DEFORESTACION - Y PROHIBIDA POR LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EL OCUPAR LA SELVA DE LOS PUEBLOS INDIGENAS JIW, NUKAK, Y SIKUANIS

Respuesta:

Mediante oficio con radicado 1-2021-026265, el ciudadano Jacinto Moreno Malagón, presentó ante el Ministerio de Minas y Energía queja de “incumplimiento de las ORDENES; de la sentencia STC 4360 de 2018 - por parte del ministerio de minas y energía, la UPME, y el DNP al haber aprobado un proyecto de REGALIAS del petróleo en la ZONA RURAL DEL MUNICIPIO DE MAPIRIPAN -META área de altísima deforestación - cuyo OBJETO ES : Establecer sistemas fotovoltaicos, en zona rural " de mapiripan- VALOR $ 10.484.752.034 .( diez mil cuatroscientos ochenta y cuatro millones, setecientos cincuenta y dos mil 34 pesos ) Este tipo de proyectos, INCENTIVAN LA DEFORESTACIÓN Ya que así como se reprochan proyectos en el PUTUMAYO; los sistemas fotovoltaicos (paneles solares) (SIC)”.

Por lo anterior, mediante radicado 2-2021-014961, el cual se adjunta, el GEESE dio respuesta directamente al peticionario, indicando que el Ministerio de Minas y Energía no tiene incidencia respecto a la decisión de presentación de proyectos de inversión para ser financiados con recursos del SGR, toda vez que, la misma corresponde, a la entidad territorial en el marco de su autonomía.

De igual forma se señaló que, las actividades de priorización y aprobación del referido proyecto de inversión, se encuentran en cabeza del Órgano Colegiado de Administración y Decisión Paz (OCAD PAZ), toda vez que, el proyecto será financiado con recursos de Asignación para la Paz, por tanto, las mismas no son competencia de este Ministerio.

Ahora bien, respecto a la suspensión de la ejecución del proyecto de inversión, es preciso señalar que a partir de la designación de ejecutor efectuada por el OCAD PAZ a la Empresa de Energía Eléctrica del departamento del Guaviare S.A. ESP – ENERGUAVIARE, la recolección, custodia y reporte de información a los diferentes aplicativos del SGR está en cabeza de este, así como, lo relacionado con la ejecución del proyecto de inversión y no el Ministerio de Minas y Energía.

Por otra parte, debido a que la petición objeto del presente memorando también fue remitida al Departamento Nacional de Planeación (DNP), se adjunta la respuesta emitida por dicha entidad, en la cual se precisa que “(…) la entidad designada como ejecutora de los proyectos de inversión financiados con recursos del Sistema General de Regalías es responsable de la correcta ejecución del proyecto. Así las cosas, la EMPRESA DE ENERGÍA ELECTRÍCA DEL DEPARTAMENTO DEL GUAVIARE S.A. ESP – ENERGUAVIARE, al haber sido designada como entidad pública ejecutora e instancia para adelantar la contratación de la interventoría mediante Acuerdo No. 52 del 06 de julio de 2021 del OCAD Paz, es la competente para decidir sobre la ejecución del proyecto de inversión en mención (Subrayado fuera del texto)”.

Ciudadano: Jacinto Moreno Malagón

Tema: Talento Humano

Pregunta 9

¿Qué se ha hecho desde el MinMinas para que el público de interés en Colombia pueda acceder fácil, oportuna y efectivamente a la información y datos mineros, de hidrocarburos y energéticos del país?

Respuesta:

Por parte de la ésta cartera se ha, adelantado esfuerzos significativos para que el público de interés pueda acceder fácil, oportuna y efectivamente a toda la información generada desde el sector Minero Energético; disponiendo para ello de diversos reportes, informes e incluso iniciativas funcionales, dentro de las que se destacan:

  • Reporte Semanal Mina de Datos de la Reactivación Sostenible de Colombia.
  • Boletín Estadístico Sector Combustibles Líquidos -SICOM-Acceso a través de: sicom.gov.co
  • Iniciativa de Transparencia de las Industrias Extractivas -EITI- estándar mundial que promueve la gestión abierta y responsable de los recursos del petróleo, gas y minerales.

Adicional a lo anterior, y de acuerdo a la Ley 1712 del 6 de marzo 2014 y a la Resolución 1519 del 24 de agosto de 2020, el Ministerio de Minas y Energía dispuso en su portal web la sección de “Transparencia y Acceso a la Información Pública”, donde el público en general podrá conocer de primera mano la información del Ministerio de Minas y Energía.

Ciudadano: Juan David Jaramillo

Tema: TICs

Pregunta 10

¿Por qué no publican la información que han estado publicando en el boletín semanal mediante documentos Excel donde sea posible extraer los datos para quienes hacemos análisis sectorial?

Respuesta:

El Ministerio de Minas y Energía responde: Bajo el entendido que la información publicada en el reporte semanal proviene de diversas fuentes de información y que el objeto del informe es presentar de manera concreta y clara el aporte del sector en la reactivación económica, no se ha considerado necesaria la exposición de datos en el formato solicitado; en todo caso se analizará la solicitud del ciudadano, para la inclusión de este y otros datos a través de datos abiertos.

Ciudadano: Juan David Jaramillo

Tema: TICs

Pregunta 11

¿Por qué entidades relacionadas con el sector como la ANH, la ANM y la UPME, que también son públicas no realizan publicación oportuna de los datos que les corresponden?

Respuesta:

El Ministerio de Minas y Energía responde:

La iniciativa de fortalecer la publicación de datos en el sector minero energético es una práctica que se ha mejorado significativamente. Como evidencia de ello, se sabe que,

La Agencia Nacional de Hidrocarburos -ANH- publica el informe de la información fiscalizada de producción de hidrocarburos a través de su portal WEB.

El Servicio Geológico Colombiano -SGC- ha mejorado su sistema de reporte de eventos geológicos y de igual forma cuenta con:

El Banco de Información Petrolera -BIP- repositorio oficial de Colombia con la función de recibir, preservar, cargar, custodiar y administrar toda la información técnica resultante de las actividades exploratorias y de producción de hidrocarburos que se desarrollan en el territorio nacional.

Acceso a través del vínculo:

https://www2.sgc.gov.co/ProgramasDeInvestigacion/BancoInformacionPetrolera/Paginas/banco-de-informacion-petrolera.aspx

Banco de Información Minera BIM - El Banco de Información Minera BIM, es el repositorio oficial de Colombia con la función de recibir, preservar, custodiar, suministrar y administrar toda la información técnica geológica y de conocimiento del subsuelo, que ha sido recopilada por los titulares mineros como resultado de las actividades de prospección, exploración y explotación de minerales, en el desarrollo de los contratos suscritos con la autoridad minera en el territorio nacional.

Acceso a través del vínculo:

https://www2.sgc.gov.co/ProgramasDeInvestigacion/BIM/Paginas/Acerca-del-Banco-de-informacion-Minera.aspx

El Instituto de Planificación de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas -IPSE- ha generado un nuevo sistema de información muy atractivo (SIGIPSE) Este sistema, agrupa información del IPSE y de fuentes secundarias que permite caracterizar las Zonas No Interconectadas del país y demás áreas en las cuales el Instituto hace presencia implementando soluciones energéticas.

Acceso a través de:

https://ipse.gov.co/sigipse/

La Agencia Nacional de Minería -ANM- dispone del Sistema Integral de Gestión Minera -ANNA MINERÍA- plataforma digital que integra la información minero ambiental, con el fin de impulsar el desarrollo sostenible de las actividades mineras en Colombia, promoviendo la protección ambiental, la legalidad y la transparencia.

Acceso a través del vínculo:

https://annamineria.anm.gov.co/Html5Viewer/index.html?viewer=SIGMExt&locale=es-CO&appAcronym=sigm

La comisión de Regulación de Energía y Gas- CREG – ha enfocado esfuerzos en la optimización del gestor normativo de que dispone, conocido como Alejandría.

Ciudadano: Juan David Jaramillo

Tema: TICs

Pregunta 12

¿Con qué presupuesto cuentan todo lo relacionado con actividades y programas de generación y divulgación de datos/información del sector en el Ministerio?

Respuesta:

En lo que a una primera línea de inversión corresponde, el Ministerio cuenta con el proyecto “fortalecimiento de las capacidades tecnológicas del Ministerio de Minas y Energía para facilitar el uso, acceso y aprovechamiento de la información minero energética a nivel nacional”, a través de cual se dispusieron, para la vigencia 2021, cerca de mil trescientos millones (1.300’000.000) de pesos, distribuidos en las siguientes necesidades (i) implementar Soluciones Integrales de Software y (ii) aumentar la Integración de Fuentes de Información. De los 1’300 millones, se encuentran comprometidos a la fecha cerca de setecientos ($700.000.000) millones.

Ciudadano: Juan David Jaramillo

Tema: TICs

Pregunta 13

¿Cuándo se iniciará el funcionamiento del Centro de Transparencia del MME?

Respuesta:

El Ministerio de Minas y Energía responde: Entiendo que el portal web del centro de transparencia ya se encuentra disponible al público puede ser consultado en la URL https://www.centrodetransparenciappii.org/

Ciudadano: Luis Alberto Moncada Fuentes

Tema: TICs

Rendición de Cuentas 2021 - 2022

Alistamiento Audiencia pública de rendición de cuentas

Nuestra Gestión

El Ministerio coloca a disposición de los grupos de interés y ciudadanía en general, información de calidad y en lenguaje claro. Aquí puede consultar avances y resultados relevantes de nuestra gestión. Igualmente los invitamos a consultar las diferentes secciones de nuestro portal y presentar sus inquietudes a través de los canales de atención que se encuentran a su disposición.

Temas de interés

Nuestra Gestión

Tema Energía

Tema Minería

Tema Hidrocarburos

Tema Asuntos Regulatorios y Empresariales

Histórico Rendición de cuentas

Control Social

Transparencia y acceso a la Información pública