Sector: Hidrocarburos
Año: 2022
Número radicado: 2-2022-007277
Fecha: 12 de Abril de 2022
Peticionario: Ecopetrol S.A.
Asunto: precios de los combustibles
Resumen: La competencia que se deriva del artículo 35 de la Ley 1955 de 2019 se circunscribe a la regulación económica de los precios de los combustibles y no riñe con las atribuciones encomendadas al Ministerio de Transporte, la delegación a la CREG no puede entenderse como una modificación a las funciones previstas en las leyes 1 de 1991 y 336 de 1996 a cargo del Ministerio de Transporte, ni tampoco consideramos que se trate de una función compartida.
Normas / Jurisprudencia:Leyes 1 de 1991 y 336 de 1996, artículo 35 de la Ley 1955 de 2019, Resoluciones MME 82438 y 82439 de 1998, 181300 del 2007, 41281 de 2016, 40112 y 40193 de 2021, Resolución CREG 039 de 2015
Norma Derogada:N.A
Anexos: Descargar