Sector: Energía
Año: 2021
Número radicado: 2-2021-000881
Fecha: 27 de Enero de 2021
Peticionario: José Antonio Galán
Asunto: Servicio de Alumbrado Público
Resumen: "Un conjunto habitacional con cerramiento en la ciudad de Ibagué al cual el municipio le dio confianza legítima por estar construido el encerramiento hace más de veintiocho años y el conjunto no estar constituido y construido como conjunto cerrado con régimen de propiedad horizontal conforme lo señala la Ley 617 de 2000 es obligación del municipio conforme el artículo 1 y 2 de la Resolución 043 de 1995 de la Comisión Reguladora prestarle el servicio de alumbrado público."
Normas / Jurisprudencia:Decreto 1073 de 2015, decreto 943 de 2018, ley 9 de 1989, ley 388 de 1997
Norma Derogada:N/A
Anexos: Descargar