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Conceptos Jurídicos
si para los proyectos de infraestructura eléctrica y, específicamente para el trámite de expropiación judicial, la utilidad pública e interés social está declarada por ministerio de la ley, en virtud de las leyes 142 y 143 de 1994.

Sector: Energía

Año: 2022

Número radicado: 2-2022-001183

Fecha: 28 de Enero de 2022

Peticionario: Juan Felipe Rendon Álvarez

Asunto: proyectos de infraestructura eléctrica

Resumen: si para los proyectos de infraestructura eléctrica y, específicamente para el trámite de expropiación judicial, la utilidad pública e interés social está declarada por ministerio de la ley, en virtud de las leyes 142 y 143 de 1994.

Normas / Jurisprudencia:LEY 142 Y 143 DE 1994, LEY 56 DE 1981, DECRETO 1073 DE 2015, LEY 1715 DE 2014, DECRETO 2024 DE 1982

Norma Derogada:N.A

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