El Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas No Interconectadas fue creado en los artículos 81 al 83 de la Ley 633 de 2000 con una vigencia a 31 de diciembre de 2007; posteriormente la Ley 1099 de 2006 prolonga su vigencia hasta 31 de diciembre de 2014 y es reglamentado medio del Decreto Reglamentario 1124 de 2008.
El objetivo del FAZNI es financiar los planes, programas y proyectos de inversión en infraestructura energética en las zonas no interconectadas (ZNI), de acuerdo con la ley y con las políticas de energización que para las zonas no interconectadas ha determinado el Ministerio de Minas y Energía, conforme con los lineamientos de política establecidos por el Consejo Nacional de Política Económica y Social en documentos tales como los Documentos Conpes 3108 de 2001 y 3453 de 2006, para financiar planes, programas y/o proyectos priorizados de inversión para la construcción e instalación de la nueva infraestructura eléctrica y para la reposición o la rehabilitación de la existente, con el propósito de ampliar la cobertura y procurar la satisfacción de la demanda de energía en las Zonas No Interconectadas.
La ley 855 del 18 de diciembre de 2003, define las localidades que se consideran Zonas No Interconectadas y establece las prioridades en la asignación de los recursos del FAZNI.
Los planes, programas y proyectos que serán elegibles para asignación de fondos del FAZNI se podrán presentar por medio de los siguientes mecanismos:
La reglamentación del FAZNI actualmente está estructurada de acuerdo con el Decreto reglamentario 1124 de 2008 y la reglamentación interna establecida por el comité de administración mediante los siguientes acuerdos y el Manual Guía para la presentación de los proyectos.
La Ley 633 de 2000, Artículos 81 al 83,crea el Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas no Interconectadas (FAZNI).La reglamentación del FAZNI se estructura de acuerdo con el Decreto reglamentario 2884 de 2001 y la Reglamentación Interna establecida por el comité de administración mediante los acuerdos y el Manual Guía para la presentación de los proyectos a financiar con los recursos del Fondo. La Ley 1099 de 2006 lo amplia a diciembre 31 de 2014 y el Gobierno Nacional lo reglamenta por medio del Decreto Reglamentario 1124 de 2008.
El comité de administración del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas No Interconectadas ha asignado Recursos de financiación para construcción de infraestructura eléctrica nueva con el fin de ampliar la cobertura del servicio y satisfacer la demanda de electricidad en diferentes localidades ubicadas en las zonas no interconectadas. Los archivos adjuntos muestran la Asignación de recursos:
Acta No. 86 CAFAZNI - (10 de julio de 2023). Se aprueba financiar 5 proyectos con recursos del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas No Interconectadas (FAZNI). Estos proyectos tienen como objetivo ampliar la cobertura del servicio de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas, beneficiando a 2.940 nuevos usuarios que residen en los departamentos del Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba y Vichada.
Así mismo, se aprueba $15.974.308.987,11 millones de pesos, por concepto de Vigencias Expiradas y $33.336.875,08 millones de pesos por devolución al IPSE, por concepto de disminución del valor total del contrato GGC-597-2017.
Documentos de soporte:
Acta No. 85 CAFAZNI - (23 de mayo de 2023). Se aprueba financiar 14 proyectos con recursos del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas No Interconectadas (FAZNI). Estos proyectos tienen como objetivo ampliar la cobertura del servicio de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas, beneficiando a 5.366 nuevos usuarios que residen en los departamentos del Cauca, Huila, La Guajira, Chocó, Córdoba y Casanare.
Electrificación inspección de policía y centros poblados, municipios Uribe y Mesetas.
Adición para construcción electrificación de Bellavista, municipio de Bojayá - Chocó.
Adición mejoramiento capacidad de generación, Sta.Bárbara de Iscuandé - Nariño.
Mejoramiento de la capacidad de generación, Unguía - Chocó.
Adición para mejoramiento de la capacidad de generación, Unguía - Chocó.
Proyecto piloto de sustitución de generación Diesel, La Solita - Caquetá
Mejoramiento del sistema de generación, municipio de la Macarena - Meta
Mejoramiento de la capacidad de generación, Sta. Bárbara de Iscuandé - Nariño
Ampliación, modernización y mejoramiento de redes, San Andrés Isla
Adición para la rehabilitación de la central térmica de Leticia, Fase II.
Reposición unidad de generación para el Corregimiento de San Felipe, Pto. Inírida - Guainía.
Construcción de la Microcentral Hidroeléctrica de Mitú
Rehabilitación de la central térmica de Leticia, Fase II.
La reglamentación del FAZNI actualmente está estructurada de acuerdo con el Decreto reglamentario 1124 de 2008 y la reglamentación interna establecida por el comité de administración mediante los siguientes acuerdos y el Manual Guía para la presentación de los proyectos.
La Ley 633 de 2000, Artículos 81 al 83,crea el Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas no Interconectadas (FAZNI).La reglamentación del FAZNI se estructura de acuerdo con el Decreto reglamentario 2884 de 2001 y la Reglamentación Interna establecida por el comité de administración mediante los acuerdos y el Manual Guía para la presentación de los proyectos a financiar con los recursos del Fondo. La Ley 1099 de 2006 lo amplia a diciembre 31 de 2014 y el Gobierno Nacional lo reglamenta por medio del Decreto Reglamentario 1124 de 2008.
El comité de administración del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas No Interconectadas ha asignado Recursos de financiación para construcción de infraestructura eléctrica nueva con el fin de ampliar la cobertura del servicio y satisfacer la demanda de electricidad en diferentes localidades ubicadas en las zonas no interconectadas. Los archivos adjuntos muestran la Asignación de recursos:
Acta No. 86 CAFAZNI - (10 de julio de 2023). Se aprueba financiar 5 proyectos con recursos del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas No Interconectadas (FAZNI). Estos proyectos tienen como objetivo ampliar la cobertura del servicio de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas, beneficiando a 2.940 nuevos usuarios que residen en los departamentos del Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba y Vichada.
Así mismo, se aprueba $15.974.308.987,11 millones de pesos, por concepto de Vigencias Expiradas y $33.336.875,08 millones de pesos por devolución al IPSE, por concepto de disminución del valor total del contrato GGC-597-2017.
Documentos de soporte:
Acta No. 85 CAFAZNI - (23 de mayo de 2023). Se aprueba financiar 14 proyectos con recursos del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas No Interconectadas (FAZNI). Estos proyectos tienen como objetivo ampliar la cobertura del servicio de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas, beneficiando a 5.366 nuevos usuarios que residen en los departamentos del Cauca, Huila, La Guajira, Chocó, Córdoba y Casanare.
Electrificación inspección de policía y centros poblados, municipios Uribe y Mesetas.
Adición para construcción electrificación de Bellavista, municipio de Bojayá - Chocó.
Adición mejoramiento capacidad de generación, Sta.Bárbara de Iscuandé - Nariño.
Mejoramiento de la capacidad de generación, Unguía - Chocó.
Adición para mejoramiento de la capacidad de generación, Unguía - Chocó.
Proyecto piloto de sustitución de generación Diesel, La Solita - Caquetá
Mejoramiento del sistema de generación, municipio de la Macarena - Meta
Mejoramiento de la capacidad de generación, Sta. Bárbara de Iscuandé - Nariño
Ampliación, modernización y mejoramiento de redes, San Andrés Isla
Adición para la rehabilitación de la central térmica de Leticia, Fase II.
Reposición unidad de generación para el Corregimiento de San Felipe, Pto. Inírida - Guainía.
Construcción de la Microcentral Hidroeléctrica de Mitú
Rehabilitación de la central térmica de Leticia, Fase II.
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